Jueves, Marzo 28, 2024

Sistema de Información

SAC - V2.0

Servicio Atención al cliente

Desprendible de pago

Lorem ipsum dolor sit amet, dolore magna aliqua.

SIMAT - Sistema de Matricula

Lorem ipsum dolor sit amet, dolore magna aliqua.

Encuesta de satisfacción

Lorem ipsum dolor sit amet, dolore magna aliqua.

DE:                 SECRETARIO DE EDUCACION DEPARTAMENTAL

PARA:            Docentes, Directivos docentes y Administrativos Planta Central e Instituciones   Educativas    del Departamento

ASUNTO:        permisos para funcionarios docentes, directivos docentes y administrativos del sector

FECHA:          San José Del Guaviare, 3 de agosto de 2020

 

Por medio de la presente me permito recordar que todo permiso por tres (3) días debe ser autorizado por el superior inmediato, en el caso de los docentes y directivos docentes y personal administrativo de los establecimientos educativos serán los rectores y directores rurales los que tienen esta facultad.

Teniendo en cuenta la situación presentada desde el mes marzo en razón a la pandemia generada por el COVID19, nos permitimos hacer las siguientes aclaraciones respecto al trabajo en casa que deben desarrollar los funcionarios y los permisos:

  1. Los funcionarios docentes, directivos docentes y administrativos que al inicio de la pandemia y una vez expedido el Decreto Nacional No 457 del 23 de marzo de 2020, por medio del cual se Decreto Aislamiento preventivo a partir del 25 de marzo del presente que, por cualquier circunstancia, se encontraban en ciudades diferentes a su sede habitual de trabajo, pueden continuar desarrollando labores desde el lugar donde se encontraban al momento que empezó a regir el aislamiento obligatorio. Estas labores deberán ser coordinadas con los superiores inmediatos para efectos de la certificación de cumplimiento de la jornada laboral.

 

  1. Lo funcionarios docentes, directivos docentes, administrativos que, a partir del citado Decreto se encontraban en el departamento del Guaviare y en sus sedes habituales de trabajo, que por alguna razón deben desplazarse a otras ciudades solicitaran el permiso respectivo el cual debe ser autorizado por su superior inmediato ( rector o Director Rural) , una vez cumplido los tres días deberán regresar al departamento y sede habitual de trabajo a seguir cumpliendo con las labores de la forma en que las venían desarrollando al inicio de la Pandemia. Los docentes, directivos docentes y administrativos que deben cumplir citas

 

 

relacionadas con salud en otras ciudades, deben solicitar a la prestadora del servicio de salud que les garanticen el transporte de retorno al departamento.

 

Se recuerda a los rectores y Directores Rurales que, de acuerdo al cronograma para la liquidación de la nómina, deben hacer llegar mensualmente a la oficina de nomina la certificación de cumplimiento de la jornada laboral.

 

 Original Firmado

 JORGE ALEXANDER QUEVEDO HERRERA

Secretario de Educación Departamental

 

Elaboró: Julieta Mendoza Chequemarca

P.U. Líder Administrativo y Financiero SED

 

Ver documento original

 

Pin It