DE: JORGE ALEXANDER QUEVEDO HERRERA
Secretario de Educación Departamental del Guaviare
PARA: Docentes en Propiedad adscritos a la Planta de la Secretaría de Educación Departamental
ASUNTO: Convocatoria para ejercer por encargo temporal el cargo de Coordinador de la Institución Educativa Caño Blanco II del Municipio de San José del Guaviare.
FECHA: 9 de marzo de 2020
En cumplimiento de las directrices del Ministerio de Educación Nacional Decreto 490 artículo 2.4.6.3.13 y la Comisión Nacional del Servicio Civil Circular N° 2017100000027 sobre la provisión de Empleos de Directivos Docentes mediante la figura de Encargo.
Teniendo en cuenta lo anterior, La Secretaria de Educación Departamental, convoca a los DOCENTES que ostenten derechos de carrera (en Propiedad), pertenecientes a la planta de la Secretaría de Educación Departamental del Guaviare, interesados en aplicar por encargo temporal a COORDINADOR de la Institución Educativa CAÑO BLANCO II del Municipio de San José del Guaviare, hasta tanto dure la situación administrativa, para que radiquen su solicitud en la oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría de Educación Departamental del Guaviare, de acuerdo al siguiente cronograma.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: El cronograma de actividades que se desarrollará durante el proceso de convocatoria para encargo de COORDINADOR de la Institución educativa CAÑO BLANCO II será de la siguiente manera:
ACTIVIDAD |
FECHA |
Apertura Convocatoria |
08:00 am del 10 de marzo de 2020 |
Cierre de la convocatoria |
05:00 pm del 16 de marzo de 2020 |
Evaluación hojas de vida y publicación de resultados |
18 de marzo de 2020 |
Observaciones de los aspirantes |
19 de marzo de 2020 |
Contestación observaciones |
20 de marzo de 2020 |
Resultados finales |
24 de marzo de 2020 |
Expedición acto admirativo de encargo |
25 de marzo de 2020 |
REQUISITOS:
Los requisitos mínimos de formación académica y experiencia están previstos en la Ley 115 de 1994, el decreto 2277 de 1979 y el Decreto Ley 1278 de 2002 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución 15683 del 01 de agosto de 2016, Resolución 000253 de 2019 y Artículo 2.4.6.3.13 del decreto 490 de 2016:
Continuación Circular N° 001
PROFESIONALES LICENCIADOS |
|
Formación Académica |
Experiencia Mínima |
Licenciatura. |
Cinco (5) años de experiencia, los cuales puede acreditar en alguna |
|
de las siguientes formas: |
|
1. Cinco (5) años en alguno de los cargos de directivos docentes |
|
(Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o, en un cargo |
|
docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo |
|
de institución educativa, oficial o privada, o, |
|
2. Cuatro (4) años en un cargo docente o directivo docente de |
|
tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución |
|
educativa, oficial o privada, y, Un (1) año de experiencia en otro |
|
tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de |
|
administración de personal, finanzas o planeación de |
|
instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel |
|
educativo o del sector educativo. |
PROFESIONALES NO LICENCIADOS |
|
Formación Académica |
Experiencia Mínima |
Título profesional |
Cinco (5) años de experiencia, los cuales puede acreditar en alguna |
universitario en cualquier |
de las siguientes formas: |
área del conocimiento. |
1. Cinco (5) años en alguno de los cargos de directivos docentes |
|
(Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o, en un cargo |
|
docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo |
|
de institución educativa, oficial o privada, o, |
|
2. Cuatro (4) años en un cargo docente o directivo docente de |
|
tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución |
|
educativa, oficial o privada, y, Un (1) año de experiencia en otro |
|
tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de |
|
administración de personal, finanzas o planeación de |
|
instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel |
|
educativo o del sector educativo. |
Continuación Convocatoria N° 004
Las hojas de vida de los docentes aspirantes a dichos encargos se someterán a los siguientes criterios de valoración, siendo el aspirante con mayor puntaje quien asuma el respectivo encargo, con un total de 100 puntos máximos.
N° |
DESCRIPCION |
CRITERIO |
PUNTAJE |
|
1 |
OBTENCIÓN DE RECONOCIMIENTOS, PREMIOS 0 ESTÍMULOS POR LA GESTIÓN PEDAGÓGICA |
ACREDITADOS POR LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS CORRESPONDIENTES |
25 |
|
2 |
MAYOR TIEMPO DE EXPERIENCIA COMO DIRECTIVO DOCENTE EN ENCARGOS ANTERIORES |
ENTRE O Y 2 AÑOS |
8 |
|
ENTRE 2 Y 5 AÑOS |
17 |
|||
5 AÑOS EN ADELANTE |
25 |
|||
3 |
MAYOR TIEMPO DE PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO EN EL CUAL SE ENCUENTRA PRESTANDO EL SERVICIO DOCENTE 0 DIRECTIVO DOCENTE EL ASPIRANTE |
ENTRE 1 Y 5 AÑOS |
8 |
|
ENTRE 6 Y 10 AÑOS |
17 |
|||
10 AÑOS EN ADELANTE |
25 |
|||
4 |
TIEMPO DE SERVICIO PRESTADO COMO DOCENTE 0 DIRECTIVO EN EL SISTEMA EDUCATIVO OFICIAL |
ENTRE 5 Y 10 AÑOS |
9 |
|
10 AÑOS EN ADELANTE |
25 |
|||
5 |
SANCIONES DISCIPLINARIAS |
NO HABER SIDO SANCIONADO DISCIPLINARIAMENTE EL AÑO INMEDIATAMENTE ANTERIOR A LA FECHA DE LA SOLICITUD |
-10 |
|
Nota. En caso de presentarse empate se tendrá en cuenta:
-Quien demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anterior, en los términos señalados en el artículo 2 numeral de la Ley 403 de 1997.
– Quien demuestre mayor antigüedad de acuerdo a la fecha de posesión;
si agotados los criterios anteriores el empate persiste se aplicará a criterio del nominador de la entidad territorial.
Al Coordinador seleccionado, se le garantiza que, al culminar el encargo, regresara al cargo del cual es titular y del cual ostenta derechos de carrera.
Lo anterior teniendo en cuenta el principio de transparencia ...