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GESTIÓN DE LA COBERTURA DEL SERVICIO EDUCATIVO SECRETARIA DE EDUCACION DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE - 29 DE NOVIEMBRE DE 2023.

 

 INTRODUCCIÓN

La Constitución Política establece que la educación es un derecho y servicio público con función social, del cual son responsables el Estado, la sociedad y la familia. Así mismo, dispone que el Estado es el responsable de velar por una educación de calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos, así como de garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a niños, niñas y jóvenes adultos las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

El Ministerio de Educación Nacional emite el Decreto 1851 de 2015, por el cual se reglamenta la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas y se subroga un capítulo del Decreto 1075 de 2015, menciona que estas podrán contratar la prestación del servicio educativo que requieran con las personas de derecho público o privado que señala la ley y de reconocida trayectoria e idoneidad en la prestación o promoción del servicio de educación formal.

El Artículo 2.3.1.3.2.8 del Decreto 1851 de 2015, plantea que se debe realizar un Plan Anual de Contratación del Servicio Educativo, en los siguientes términos:Una vez realizado el estudio de insuficiencia y limitaciones y con fundamento en los resultados que este arroje, la entidad territorial diseñará el Plan Anual de Contratación del Servicio Educativo que deberá ser coherente con las necesidades identificadas y que permitirá adelantar oportunamente los procesos de contratación previstos en este Capítulo”.

Este documento debe constituirse en una herramienta de planeación que permita identificar las limitaciones y necesidades de atención en la prestación del Servicio Educativo; para definir, formular y relacionar los procesos y proyectos de contratación con la información correspondiente a las necesidades del servicio educativo, los cuales deben estar en concordancia con el estudio de insuficiencia y limitaciones.

  1. POBLACIÓN ATENDER E IDENTIFICACIÓN DE LOS NIVELES EDUCATIVOS REQUERIDOS 

La población que se pretende atender es población rural dispersa colonos e indígenas de bajos recursos económicos y que habitan en zonas muy distantes a la escuela, además de la distancia existen otros riesgos propios de la región que no da confianza a los padres de familia para enviar los niños a la escuela más cercana y más aún a una escuela más lejana en donde hay docente oficial para la atención.  

Es una población que sufre en las altas temporadas de invierno, pues los caminos se rebalsan por las aguas de caños y riachuelos que dificultan la salida de la casa, aunado a todo lo anterior, está la amenaza constante por el reclutamiento de los niños por parte de la disidencia de las Farc y de otros grupos delincuenciales.

A pesar de todas estas dificultades, los padres de familia sortean obstáculos con el único objetivo de sacar sus hijos adelante, y lo que medianamente les representa una opción para ellos, es que logren culminar su ciclo educativo desde el preescolar hasta la media.

La población que se atenderá a través de la contratación del servicio educativo es la que se relaciona a continuación discriminada por municipio, Institución educativa, sede y nivel educativo y correspondiente a la matrícula proyectada para la vigencia 2024:

Descargar Documento

Luis Carlos Granados Gómez 

Secretario de Educación Departamental

 

 

La secretaría de educación departamental del Guaviare como entidad territorial certificada ETC dando cumplimiento a lo dispuesto en la resolución 018858 del 11 de diciembre de 2018 emanada del ministerio de educación nacional y en el marco del respeto a la diversidad étnica y cultural, invita a: Cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociaciones de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas legalmente constituidas para que en su condición de entidades sin ánimo se sirvan a presentar de manera escrita manifestación de interés para asumir la prestación del servicio de alimentación escolar en las sedes que atienden población mayoritariamente indígena y aquellas que se encuentren en territorio indígena, para el calendario escolar del año 2024.

De igual manera se realiza invitación publica a: Cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociaciones de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas legalmente constituidas del departamento del Guaviare a presentar manifestación de interés para manejo de la educación contratada y la administración de los establecimientos educativos indígenas del departamento en el año 2024 según lo establecido el marco del capitulo 4 del decreto 1075 de 2015.

Las manifestaciones de interés derivadas de esta invitación publica, deben ser presentada a más tardar el día 24 de noviembre del 2023 en la oficina del sistema de atención al ciudadano, SAC ubicada en la calle 8 No 20. 115 barrio 20 de julio en san José del Guaviare. o en su defecto al correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  Hasta el 24 de noviembre de 2023 a las 5 pm.  

Para su referencia, se adjuntan apartes de las Resoluciones 18858 que incluyen las especificaciones técnicas necesarias para llevar a cabo contratos con autoridades u organizaciones indígenas. Les animamos a revisar detenidamente esta documentación para garantizar una adecuada presentación de sus manifestaciones de interés.

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Luis Carlos Granados Gomez 

Secretario de Educación Departamental

 

Estimadas Autoridades de Pueblos Indígenas del Departamento del Guaviare, La Secretaría de Educación Departamental, en pleno reconocimiento del derecho a la autonomía y en aras de fomentar la interculturalidad, les extiende una cordial invitación para que, de manera escrita, manifiesten su voluntad de asumir la contratación de la administración de los establecimientos educativos indígenas del Departamento durante el año 2024. Este proceso se enmarca en las disposiciones contempladas en el Capítulo 4 del Decreto 1075 de 2015.

En el caso de que decidan asumir esta responsabilidad, se les solicita presentar la documentación pertinente que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos por la autoridad tradicional u organización indígena a través de la cual se llevará a cabo dicha contratación, tal como lo indica el Artículo 2.3.1.4.2.4 del mencionado decreto.

Considerando el calendario académico para el año 2024, les pedimos que su manifestación de voluntad escrita para asumir la contratación de la administración del servicio educativo, así como la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y el correspondiente estudio de insuficiencia cuantitativa y/o cualitativa, se entregue antes del 24 de noviembre de 2023 en horario laboral. Esto debe realizarse en la oficina de Atención al Ciudadano – SAC, ubicada en la Secretaría de Educación Departamental, cuya dirección es la siguiente: Calle 8° 24-115, Barrio 20 de julio, San José del Guaviare.

Este proceso es fundamental para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación de los niños, niñas, jóvenes y adolescentes indígenas del Guaviare. Su participación activa y comprometida en la administración de los establecimientos educativos indígenas contribuirá al fortalecimiento de la educación intercultural en la región.

Agradecemos su colaboración y estamos a su disposición para brindar cualquier orientación adicional que requieran en este proceso.

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Luis Carlos Granados Gomez 

Secretario de Educación Departamental

 

 INTRODUCCIÓN

La Constitución Política establece que la educación es un derecho y servicio público con función social, del cual son responsables el Estado, la sociedad y la familia. Así mismo, dispone que el Estado es el responsable de velar por una educación de calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos, así como de garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a niños, niñas y jóvenes adultos las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

El Ministerio de Educación Nacional emite el Decreto 1851 de 2015, por el cual se reglamenta la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas y se subroga un capítulo del Decreto 1075 de 2015, menciona que estas podrán contratar la prestación del servicio educativo que requieran con las personas de derecho público o privado que señala la ley y de reconocida trayectoria e idoneidad en la prestación o promoción del servicio de educación formal.

El Artículo 2.3.1.3.2.8 del Decreto 1851 de 2015, plantea que se debe realizar un Plan Anual de Contratación del Servicio Educativo, en los siguientes términos:Una vez realizado el estudio de insuficiencia y limitaciones y con fundamento en los resultados que este arroje, la entidad territorial diseñará el Plan Anual de Contratación del Servicio Educativo que deberá ser coherente con las necesidades identificadas y que permitirá adelantar oportunamente los procesos de contratación previstos en este Capítulo”.

Este documento debe constituirse en una herramienta de planeación que permita identificar las limitaciones y necesidades de atención en la prestación del Servicio Educativo; para definir, formular y relacionar los procesos y proyectos de contratación con la información correspondiente a las necesidades del servicio educativo, los cuales deben estar en concordancia con el estudio de insuficiencia y limitaciones.

  1. POBLACIÓN ATENDER E IDENTIFICACIÓN DE LOS NIVELES EDUCATIVOS REQUERIDOS

 La población que se pretende atender es población rural dispersa colonos e indígenas de bajos recursos económicos y que habitan en zonas muy distantes a la escuela, además de la distancia existen otros riesgos propios de la región que no da confianza a los padres de familia para enviar los niños a la escuela más cercana y más aún a una escuela más lejana en donde hay docente oficial para la atención.  Es una población que sufre en las altas temporadas de invierno, pues los caminos

se rebalsan por las aguas de caños y riachuelos que dificultan la salida de la casa, aunado a todo lo anterior, está la amenaza constante por el reclutamiento de los niños por parte de la disidencia de las Farc y de otros grupos delincuenciales.

A pesar de todas estas dificultades, los padres de familia sortean obstáculos con el único objetivo de sacar sus hijos adelante, y lo que medianamente les representa una opción para ellos, es que logren culminar su ciclo educativo desde el preescolar hasta la media.

La población que se atenderá a través de la contratación del servicio educativo es la que se relaciona a continuación discriminada por municipio, Institución educativa, sede y nivel educativo y correspondiente a la matrícula proyectada para la vigencia 2023:

VER DOCUMENTO - PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN

Luis Carlos Granados Gomez 

Secretario de Educación Departamental